El equilibrio entre vida laboral y familiar vuelve al centro del debate con la aprobación de una importante reforma: el Gobierno español ha ampliado los permisos retribuidos por nacimiento y cuidado del menor, cumpliendo con la Directiva Europea 2019/1158.
Esta medida, recogida en el Real Decreto‑ley 9/2025, entró en vigor el 31 de julio de 2025 y supone un paso firme hacia la corresponsabilidad parental y el bienestar de las familias trabajadoras.
A continuación, te explicamos qué cambia, a quién afecta, cómo se solicita y qué implicaciones tiene para las empresas y los trabajadores.
🧠 Importante: Esto aplica a nacimientos/adopciones desde el 31 de julio de 2025.
🕓 Aplicación retroactiva: para hijos/as nacidos desde el 2 de agosto de 2024. Sin embargo, se podrá solicitar a partir del 1 de enero de 2026.
Una de las mejoras más destacadas es que se iguala el derecho en casos de familias monoparentales, que hasta ahora podían verse penalizadas por no contar con un segundo progenitor.
Ahora, estas familias podrán disfrutar de hasta 32 semanas retribuidas:
Este nuevo marco legal se aplica a:
No existen restricciones por tipo de contrato ni jornada (parcial o completa), siempre que haya alta en la Seguridad Social.
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